Nota
Oficial
Sancionados secuestradores de embarcación
de pasajeros Baraguá
El Tribunal aplicó el
procedimiento de juicio sumarísimo previsto en los Artículos 479 y 480 de la Ley
de Procedimiento Penal, con pleno respeto de las garantías y derechos
fundamentales de los acusados
El pasado 5 de abril, como
se informó oportunamente, fueron puestos a disposición de la Sala de los Delitos
contra la Seguridad del Estado del Tribunal Popular de Ciudad de La Habana los
responsables del secuestro y desvío hacia Estados Unidos con extrema violencia y
amenaza de muerte a los tripulantes y viajeros de la embarcación de transporte
de pasajeros "Baraguá", que prestaba servicios en la bahía de La Habana, con
gravísimo peligro para la vida de decenas de personas, convertidas en rehenes,
que estuvieron a punto de perecer cuando, a 30 millas de nuestras costas, la
embarcación, diseñada para navegar en aguas interiores, quedó sin combustible,
con mar fuerza cuatro, y estuvo en peligro de zozobrar antes de llegar en su
auxilio las unidades de Guardafronteras.
El Tribunal aplicó el
procedimiento de juicio sumarísimo previsto en los Artículos 479 y 480 de la Ley
de Procedimiento Penal, con pleno respeto de las garantías y derechos
fundamentales de los acusados.
El martes 8 concluyó el
juicio.
El Tribunal consideró
probados los hechos, que constituían graves delitos de terrorismo previstos en
la Ley 93 contra Actos de Terrorismo, del 24 de diciembre del 2001, en virtud de
lo cual y tomando en cuenta la alta peligrosidad social de los hechos, así como
la responsabilidad individual, el grado de participación y los antecedentes de
conducta de los acusados, resultaron sancionados a:
Pena capital: Lorenzo
Enrique Copello Castillo, Bárbaro Leodán Sevilla García y Jorge Luis Martínez
Isaac, los tres principales, más activos y brutales jefes de los
secuestradores.
Prisión perpetua: Maikel
Delgado Aramburo, Yoanny Thomas González, Harold Alcalá Aramburo y Ramón Henry
Grillo.
Treinta años de privación
de libertad: Wilmer Ledea Pérez.
Cinco años de privación de
libertad: Ana Rosa Ledea Ríos.
Tres años de privación de
libertad: Yolanda Pando Rizo.
Dos años de privación de
libertad: Dania Rojas Góngora.
Los tres sancionados a la
pena máxima establecieron de inmediato recurso de apelación ante el Tribunal
Supremo Popular, máximo órgano de justicia, que celebró un nuevo juicio en el
que la sentencia fue ratificada.
Sometidas de oficio las
sentencias de máxima pena a la consideración del Consejo de Estado, éste, en
reunión convocada al efecto en la que durante horas el colectivo analizó con
profundidad los hechos probados por los cuales fueron sancionados, la gravedad
de los mismos, y los peligros potenciales que implicaban no solo para la vida de
numerosas personas inocentes sino también para la seguridad del país —sometido a
un plan siniestro de provocaciones fraguado por los sectores más extremistas del
Gobierno de Estados Unidos y sus aliados de la mafia terrorista de Miami con el
único propósito de crear condiciones y pretextos para agredir a nuestra Patria,
la cual será defendida al precio que sea necesario—, consideró absolutamente
justas y con estricto apego a las leyes las decisiones de ambos tribunales y
ratificó las sentencias.
Al amanecer de hoy, las
sanciones fueron aplicadas.
Abril 11 del 2003
10:30
a.m.